Alternativa al RETA
¿Qué es la alternativa al RETA?
La norma general es que cuando un trabajador empieza una actividad como autónomo tiene que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, pero algunos colectivos pueden elegir cotizar en unas Mutualidades alternativas a la Seguridad Social, en lugar de cotizar en el RETA, pagando unas cuotas con las que financian posteriormente las prestaciones que reciben.
Los Ingenieros Técnicos Industriales y los Graduados en Ingeniería de la rama Industrial pueden elegir si ejercerán su profesión por cuenta propia dándose de alta en el RETA, o por el contrario lo harán en Mupiti. Dicho de otra manera, pueden elegir entre el sistema financiero de reparto de la Seguridad Social o el sistema de capitalización individual de Mupiti.
No hay que confundir las Mutualidades alternativas, como Mupiti, con las Mutuas colaboradoras de la Seguridad Social que, por ejemplo, se encargan de la gestión de las prestaciones económicas y de la asistencia sanitaria, incluyendo la rehabilitación en las bajas médicas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o de la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades de trabajo.
Quién puede elegir la alternativa al RETA y quién no
Si pueden:
- Los Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales
- Los Graduados en Ingeniería del ámbito industrial con título habilitante (Orden CIN/351/2009)
- Que estén colegiados en un Colegio Profesional
- Sólo para el ejercicio de la profesión, en estos epígrafes:
- 321 persona física (Ingenieros técnicos industriales y textiles)
- 843.1 persona jurídica (Servicios técnicos de ingeniería)
No pueden:
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Quienes en algún momento hayan estado de alta como autónomos en el RETA realizando la actividad como ingenieros técnicos industriales o graduados en ingeniería de la rama industrial.
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Si inicialmente se elige Mupiti, de ser necesario, se puede cambiar al RETA, pero si se elige el RETA no se podrá cambiar a Mupiti.
¿Qué es Mupiti Profesional Digital?
Es el seguro que permite a los Ingenieros Técnicos Industriales y a los Graduados en Ingeniería de la rama Industrial trabajar como autónomos, sin tener que estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA), y que incorpora todas las coberturas que exige la normativa en vigor.
Edad de contratación
- Edad mínima: 21 años
- Edad máxima: 70 años*
*Se establece inicialmente como edad máxima de suscripción los 70 años. No obstante, Mupiti podrá autorizar la suscripción para edades superiores a los 70 años, en cuyo caso podrá disponer condiciones especiales de suscripción, pudiendo excluirse el otorgamiento de determinadas coberturas.
¿Qué me cubre?
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Una pensión complementaria para la jubilación. Parte de las cuotas mensuales, más las aportaciones extraordinarias que se puedan realizar, más el interés garantizado y la participación en beneficios que pueda corresponder, irán constituyendo un capital que podrá rescatarse llegada la edad legal de la jubilación.
- Incapacidad Permanente Absoluta, para toda profesión. 100.000 euros + el capital constituido para la jubilación a la fecha de solicitud.
- Incapacidad Permanente Total, para la profesión habitual. 50.000 euros + el capital constituido para la jubilación a la fecha de solicitud.
- Fallecimiento por cualquier causa, que puede dar lugar a prestaciones por viudedad y orfandad. 50.000 euros + el capital constituido para la jubilación a la fecha de solicitud.
- Incapacidad Temporal, que incluye prestaciones por maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo. 30 euros multiplicado por el n.º de días según Baremo para la enfermedad o lesión correspondiente. VER BAREMO
- La asistencia sanitaria está cubierta por la Seguridad Social. De conformidad con el RD 1192/2012, de 3 de agosto, los mutualistas que opten por Mupiti como alternativa al RETA pueden disfrutar de forma gratuita de la asistencia sanitaria pública*. Para ello, es necesario solicitar la correspondiente tarjeta sanitaria en el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Formulario TGSS.
*En el caso de que la asistencia sanitaria requerida sea consecuencia de un accidente o enfermedad profesional, debe contratarse aparte. Solicita información aquí.
Nota importante: Se excluirán las coberturas de fallecimiento, incapacidad permanente absoluta, incapacidad permanente total e incapacidad temporal (incluyendo maternidad, paternidad y riesgo por embarazo) a los mutualistas que, en el momento que opten por Mupiti como alternativa al RETA, tengan una edad actuarial de 70 años o superior; lo que implica que la totalidad de la cuota satisfecha (minorada en los recargos legales, impuestos y gastos de administración) se destinará a la cobertura de jubilación.
Ventajas y rentabilidad
- 1. Capitalización individual de tus ahorros. Las cuotas que aportes siempre serán tuyas, para tu futura jubilación. En caso de fallecimiento tus beneficiarios las cobrarán. En cambio, como el RETA es un sistema de reparto está sujeto a la variación según la evolución demográfica y el equilibrio financiero del sistema. Las personas activas deben garantizar con sus cuotas las pensiones de los pasivos bajo un entorno demográfico de envejecimiento de la población.
- 2. Puedes mejorar las coberturas. Según tus necesidades personales, elige ampliar las coberturas contratadas.
- 3. Cuota mensual más económica. La cuota mensual de Mupiti es menor que la del RETA y las bonificadas o reducidas también.
- 4. Cuotas bonificadas. En función de la edad, del grado de discapacidad (superior o igual al 33%) o se ha sido víctima de violencia de género o de terrorismo, se puede optar a determinadas reducciones/bonificaciones en la cuota mensual.
- 5. Cuotas extraordinarias. Decide a lo largo de cada ejercicio si quieres hacer una aportación extra y aumentar el ahorro para tu jubilación.
- 6. Desgravación fiscal. Las cuotas aportadas tienen la consideración de gasto deducible de los ingresos de actividades económicas, dentro de los límites legales.
- 7. Evitas la doble cotización. Si trabajas por cuenta ajena y a la vez por cuenta propia, con Mupiti evitas cotizar al sistema público doblemente y perder parte de las cotizaciones que excedan de la base máxima.
- 8. Pensión complementaria. El cobro de la pensión de jubilación de Mupiti es compatible con otras prestaciones de la Seguridad Social que pudieran corresponderte, o de cualquier otro sistema privado.
- 9. Cobro del 100% de la pensión de jubilación, aunque estés trabajando por cuenta propia. Una vez jubilado podrás cobrar el 100% de tu pensión de jubilación a la vez que trabajas por cuenta propia, si estás dado de alta en Mupiti. En cambio, si estás en el RETA tu pensión será del 50%, la mitad.
- 10. Decide cómo quieres cobrar cuando te jubiles. Con Mupiti, llegada tu jubilación podrás elegir cómo quieres percibir tu pensión o prestación: Un pago total y único, una pensión vitalicia equivalente o una combinación de las dos. En cambio, en el RETA sólo se puede percibir como pensión vitalicia.
- 11. Rentabilidad garantizada para tus cuotas. Tus cuotas, y las aportaciones extraordinarias que quieras hacer, tendrán una rentabilidad mínima garantizada del 0,2% a la que se sumará la rentabilidad adicional, que pudiera corresponder, como participación de los beneficios.
Ventajas fiscales y límites de aportación anual
Las cantidades aportadas tendrán la consideración de gasto deducible, para la determinación del rendimiento neto de la actividad profesional, con el límite de la cuota máxima por contingencias comunes que esté establecida, en cada ejercicio económico, en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA).
Para el año 2024, aquel mutualista que realice el ejercicio libre de la profesión habiendo optado por Mupiti como alternativa al RETA, podrá realizar aportaciones hasta un máximo anual de 16.030,82 €, que podrá deducir fiscalmente como gasto de su actividad profesional.
Además de ello, las cuantías que excedan del límite anual de gasto máximo deducible, así como las cuotas abonadas en virtud de contratos de seguro que tenga concertados con la Mutualidad – con la cobertura de las contingencias del artículo 8.6 de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones -, podrán reducirse de la base imponible general del IRPF, siendo el límite la cantidad menor de las siguientes:
- El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio
- 1.500 euros anuales*.
(* La cuantía máxima es de 5.000 euros anuales en el caso de residentes en el País Vasco)
IMPORTANTE: Desde el 1 de enero de 2023, estos límites, que son tanto de aportación como de reducción, se incrementan en 4.250 euros (la cuantía máxima al año será de 5.750 euros). Para beneficiarte de ello, contrata el nuevo seguro de ahorro “Previsión Social Complementaria Autónomos” haz clic aquí.
En el caso de los mutualistas residentes en Navarra, el límite anual de gasto deducible de la actividad profesional será de 4.500 euros, aunque podrán realizar aportaciones hasta la cuota máxima por contingencias comunes establecida en el RETA para el ejercicio de referencia. No obstante, las cuantías que excedan del límite anual de gasto máximo deducible podrán reducirse de la base imponible general del IRPF, cuyo límite máximo será la cantidad menor de las siguientes:
- El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio
- 1.500 euros anuales.
Este límite se incrementará en 4.250 euros anuales siempre que las aportaciones procedan del mutualista que sea profesional (artículo 55 del DF. Legislativo -).
Servicio de teleconsulta médica
Servicio exclusivo para quienes tienen el seguro activo. Ofrece la posibilidad de comunicarse con un médico a través de chat, teléfono o vídeo. Es muy fácil y seguro de usar, ya que no hay que descargar ninguna aplicación y podrá hacerse uso del servicio desde un smartphone, una tablet o un PC. Se podrá acceder introduciendo el NIF y la fecha de nacimiento, a través de este enlace: telemedicina.mupiti.com
Siempre con la seguridad de que los datos personales están protegidos con soluciones 100% conformes al GDPR, ISO27001.
Contratar
- Accede a la contratación online: Mupiti Profesional Digital
- Ayúdanos a mejorar indicando cual ha sido tu experiencia al terminar el proceso de alta. Realizar encuesta.
Ten esto en cuenta:
- Cumplimenta toda la información solicitada en cada una de las secciones (datos personales, bancarios, de salud, entre otros).
- Firma la solicitud y procede a realizar el pago de la primera cuota mediante tarjeta bancaria. Recibirás un correo de confirmación de alta.
- El alta en el seguro será la fecha en que se produzca el pago de la primera cuota. Se puede seleccionar la fecha de alta, permitiéndose realizar hasta 60 días antes de la fecha en que se presente la documentación.
- En la zona “Documentación” sube o carga el DNI y el IAE. Recuerda que el alta en el IAE lo puedes realizar inmediatamente después de tu registro en la plataforma.
- El expediente será evaluado por el departamento de valoración de riesgos y, una vez finalizado este proceso, recibirás la correspondiente documentación de alta.
- Para dar totalmente por finalizado el alta en el seguro, debes remitirnos el título o contrato firmado que te enviaremos.
3. Si quieres hacer una aportación extraordinaria al producto, aquí tienes el formulario para realizar aportaciones extraordinarias.
Contacta con un asesor
Ponte en contacto con nosotros y te daremos toda la información que necesites:
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- Teléfono: 900 820 720
- Email: info@mupiti.com
- Mediante este formulario: https://mupiti.com/peticion-de-informacion-mupiti-profesional
Indicador de riesgo
En cumplimiento de lo estipulado en la Orden ECC/2316/2016/2015 del 04 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de los productos financieros, el indicador de riesgo y, en su caso, las alertas de liquidez y complejidad de este producto se recogen a continuación, indicándoles que dichos productos tienen otorgados el nivel de menor riesgo (N1) en la escala de calificación crediticia.